
Primeros Auxilios – Primer Respondiente
Descripción
Su carácter inmediato radica en su potencialidad de ser la primera asistencia que esta víctima recibirá en una situación de emergencia y limitado porque de todas las técnicas y saberes que existen en la Medicina de emergencias y desastres solo utiliza algunas de estas (el primer respondiente nunca reemplaza al personal médico). Objetivo GeneralEl curso presenta, describe y recorre cada ámbito donde cualquier persona necesita, de repente (emergente), la intervención de algún procedimiento específico (protocolos) para salvar su vida o la de alguien más. El principal objetivo del curso es dotar al (la) estudiante de suficientes técnicas y criterios de juicio para determinar como proceder en cada emergencia a la cual se vea enfrentado(a). Estos conocimientos resultan de enorme valor porque salvan vidas con acciones que reconfortan y por su milagrosa utilidad que toda la comunidad siempre ve con orgullo y sentimiento heróico (hacia el salvador). Objetivos Específicos
DuraciónTiempo mínimo exigido por el curso: Ocho (8) horas. EvaluaciónLos contenidos del curso obedecen a una malla curricular diseñada por competencias (más de 80 estándares) y cada elemento del mismo responde a marcos de competencias específicas. Cada actividad siempre busca clasificar el nivel alcanzado en conocimientos propuestos y grado de desarrollo en habilidades entrenadas intencionalmente. |
Si usted trabaja o se relaciona con personas que laboran en el ramo del transporte este curso le será de utilidad. Algunas razones para tomar este curso están en el decreto 1079 de 2015 (compendio de la normatividad sobre transporte en Colombia) y se encuentran en:
- Artículo 2.2.1.6.10.3. (Verificación técnica y operativa aplicable al transporte escolar), numeral 1.
- Artículo 2.2.1.6.10.8. Modificado por el Decreto 431 de 2017 , artículo 35. (Requisitos para conducir).
- Artículo 2.2.1.7.8.1.2. (Requisitos de la unidad de transporte y vehículo de carga destinado al transporte de mercancías).
- Artículo 2.2.1.7.8.2.5. (Obligaciones del tenedor del vehículo destinado al transporte de mercancías peligrosas).
- Artículo 2.2.1.7.8.3. Son definiciones y encontramos la Tarjeta de emergencia.
Marco de Competencias
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